PLAN ICEX CONSOLIDA


OBJETIVOS Y FINALIDAD DEL PLAN

En el marco de las medidas de impulso a la internacionalización de las empresas españolas y el fomento de la competitividad, en especial de las PYMES, ICEX España Exportación e Inversiones convoca la concesión de ayudas a través del Plan “ICEX CONSOLIDA” para 2014.

Dicha iniciativa nace con la finalidad de apoyar los proyectos de internacionalización de las pequeñas y medianas empresas españolas en los mercados exteriores.

Para ello, dichas compañías, pertenecientes a cualquier sector de actividad, deben contar con un proyecto ya iniciado, viable y de calidad, así como disponer de una filial constituida en el exterior en el momento de presentar la solicitud, a excepción de la Unión Europea, Noruega, Suiza y Estados Unidos.

CUANTÍA MÁXIMA DE LA AYUDA

La cuantía de la ayuda será del 50% de los conceptos susceptibles de apoyo (gastos previos, de constitución y primer establecimiento, de promoción y los destinados a defensa jurídica de la marca y homologación), con un tope máximo de 50.000 euros por beneficiario.

Cada empresa podrá presentar varios proyectos simultáneamente en diferentes mercados. En este caso, el porcentaje de apoyo también será del 50%, con un tope máximo de 65.000 euros.

Los apoyos previstos en el marco del Plan “ICEX CONSOLIDA” contemplan una ayuda total de minimis por empresa que no podrá exceder los 200.000 euros en los tres últimos ejercicios fiscales, incluyendo el ejercicio en curso.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

ICEX valorará los proyectos de acuerdo a una serie de criterios y ponderación, considerando un máximo de 10 puntos: calidad del proyecto (máximo 3 puntos); viabilidad (máximo 5 puntos); impacto (máximo 1 punto); y país de implantación (si el proyecto presentado contempla como mercado de implantación alguno de los países considerados como prioritarios).

PERIODO DE REALIZACIÓN DE LOS GASTOS APOYABLES

Con carácter general, serán objeto de ayuda los gastos efectuados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014.

Excepcionalmente, serán objeto de apoyo los gastos previos, de constitución y primer establecimiento de la filial para la que se solicita la ayuda que hayan sido realizados en 2012 y 2013 de forma previa a la fecha de creación de dicha filial, siempre y cuando hayan sido efectuados, como máximo, en los cuatro meses anteriores a la fecha de constitución.

Los gastos de constitución formalizados en el ejercicio 2014 son igualmente apoyables.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDA

El plazo de presentación de solicitudes finalizará 30 días naturales tras la publicación en el BOE. No se admitirán solicitudes recibidas con posterioridad.

La presentación de la solicitud y la información requerida deberá remitirse a ICEX dentro del plazo previsto por alguna de las siguientes opciones:

· Telemáticamente (opción preferente): la empresa deberá contar con el correspondiente certificado digital y seguir las instrucciones al respecto incluidas en el apartado CONFIRMACIÓN.

· Imprimiendo la solicitud y remitiéndola a Servicios Centrales de ICEX. Dirección General de Internacionalización de la Empresa, Pº de la Castellana 14 – 28046 Madrid. Horario: de 09:00 a 14:00 horas o mediante correo certificado.

 

 

Impreso de solicitud

 

Programa ICEX CONSOLIDA en PDF completo

 

ANEXO I: DECLARACIONES RESPONSABLES Y AUTORIZACIONES
Procedimiento Justificación de Ayudas

Publicación en el BOE

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